Administración Portuaria Integral de Topolobampo

Capítulo V


CAPITULO QUINTO
VIGILANCIA

ARTICULO TRIGÉSIMO OCTAVO.- Comisarios. La vigilancia de las operaciones sociales estará confiada a un comisario propietario por la serie "A" y a uno por la serie "B" , así como a sus respectivos suplentes que serán designados por las correspondientes asambleas especiales, por mayoría de votos, y quienes podrán ser accionistas o personas extrañas a la sociedad. Cuando la mayoría de las acciones de las series "A" y "B" pertenezcan a los mismos accionistas, éstos podrán nombrar a un solo comisario propietario por ambas series y a su suplente.
Los accionistas que representen un veinticinco del capital pagado -o un diez por ciento si las acciones se cotizaren en la bolsa de valores - tendrán derecho a designar a un comisario propietario y a su suplente. Cuando el accionista sea el gobierno federal, la designación de comisarios recaerá en las personas que proponga la Secretaría de Contraloría General de la Federación.

ARTICULO TRIGÉSIMO NOVENO.- Atribuciones. Los comisarios tendrán las facultades y obligaciones que consigna el artículo ciento sesenta y seis de la Ley General de Sociedades Mercantiles y las que establezcan otros ordenamientos legales; deberán asistir, con voz, pero sin voto, a las asambleas de accionistas; y podrán hacerlo, en las mismas condiciones, a las sesiones del consejo de administración, a las cuales serán convocados en los términos del presunto estatuto.

ARTICULO CUADRAGÉSIMO. Duración. Los comisarios nombrados en razón de su calidad de servidores públicos ejercerán su cargo mientras ostenten el carácter de funcionarios del ente gubernamental que hubiera propuesto la designación. Los demás durarán en funciones por tiempo indeterminado; y continuarán en el desempeño de su cargo mientras no tomen posesión los designados para substituirlos.

ARTICULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO. Remuneración. Los comisarios recibirán la retribución que fije la asamblea ordinaria de accionistas.



Última modificación: 15/06/2017 (15:00 Horas) Elaborado por Departamento de Jurídico