Administración Portuaria Integral de Topolobampo

Anexos 1a. parte


11-23-94 SEGUNDA notificación a la solicitud de concesión para instalar, operar y explotar un sistema de televisión por cable en Ciudad Mendoza, Ver.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

SEGUNDA NOTIFICACION

El ciudadano Luis Escobar Avilés, quien señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones en Indianápolis número 60, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, en México, D.F., solicitó de esta Secretaría, con fecha 27 de diciembre de 1993, una concesión para instalar, operar y explotar un sistema de televisión por cable en Ciudad Mendoza, Ver., por lo que se procedió a practicar los estudios señalados en la Ley de Vías Generales de Comunicación y el Reglamento del Servicio de Televisión por Cable, habiendo sido favorables. En tal razón, con fundamento en el artículo 27 constitucional; 1o., 3o., 12, 14 y 15 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1o., 3o., 14 y 16 del Reglamento del Servicio de Televisión por Cable, y en cumplimiento al Acuerdo dictado por el ciudadano titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se ordena la publicación de la solicitud de referencia, la cual tendrá las características que se consignan en el texto mismo de esta publicación.

1.- Nombre o razón social: Luis Escobar Avilés.

2.- Población a servir: Ciudad Mendoza, Ver.

3.- Características del sistema: El sistema estará diseñado para distribuir señales de televisión, audio y video asociado; y su funcionamiento cumplirá con las normas establecidas por esta Secretaría.

4.- Horario de operación: Las 24 horas del día.

Se notifica lo anterior a todas las personas que pudieran sentirse afectadas en sus intereses con dicha solicitud, a fin de que expongan sus observaciones dentro de un plazo de diez días, contado a partir de esta segunda notificación, ante la Dirección General de Normas de Sistemas de Difusión, sita en avenida Eugenia número 197, 1er. piso, colonia Vértiz Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03600, México, D.F.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de octubre de mil noviecientos noventa y cuatro.- El Director General, Jorge Luis Gurría Hernández.- Rúbrica.

(R.- 8123)

11-23-94 SEGUNDA notificación a la solicitud de concesión para instalar, operar y explotar un sistema de televisión por cable en la ciudad de Río Blanco, Ver.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

SEGUNDA NOTIFICACION

El ciudadano Luis Escobar Avilés, quien señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones en Indianápolis número 60, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, en México, D.F., solicitó de esta Secretaría, con fecha 27 de diciembre de 1993, una concesión para instalar, operar y explotar un sistema de televisión por cable en la ciudad de Río Blanco, Ver., por lo que se procedió a practicar los estudios señalados en la Ley de Vías Generales de Comunicación y el Reglamento del Servicio de Televisión por Cable, habiendo sido favorables. En tal razón, con fundamento en el artículo 27 constitucional; 1o., 3o., 12, 14 y 15 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1o., 3o., 14 y 16 del Reglamento del Servicio de Televisión por Cable, y en cumplimiento al Acuerdo dictado por el ciudadano titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se ordena la publicación de la solicitud de referencia, la cual tendrá las características que se consignan en el texto mismo de esta publicación.

1.- Nombre o razón social: Luis Escobar Avilés.

2.- Población a servir: Río Blanco, Ver.

3.- Características del sistema: El sistema estará diseñado para distribuir señales de televisión, audio y video asociado; y su funcionamiento cumplirá con las normas establecidas por esta Secretaría.

4.- Horario de operación: Las 24 horas del día.

Se notifica lo anterior a todas las personas que pudieran sentirse afectadas en sus intereses con dicha solicitud, a fin de que expongan sus observaciones dentro de un plazo de diez días, contado a partir de esta segunda notificación, ante la Dirección General de Normas de Sistemas de Difusión, sita en avenida Eugenia número 197, 1er. piso, colonia Vértiz Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03600, México, D.F.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.- El Director General, Jorge Luis Gurría Hernández.- Rúbrica.

(R.- 8121)

11-23-94 SEGUNDA notificación a la solicitud de concesión para instalar, operar y explotar el servicio público de televisión restringida en Culiacán, Sin.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

SEGUNDA NOTIFICACION

El ciudadano José Antonio Ibarra Fariña, quien señaló domicilio para oír y recibir notificaciones en Monte Pirineos número 770, colonia Lomas de Chapultepec, 11000, México, D.F., solicitó a esta Secretaría, con fecha 30 de junio de 1992, una concesión para instalar, operar y explotar el servicio público de televisión restringida en Culiacán, Sin., por lo que se procedió a practicar los estudios señalados en la Ley de Vías Generales de Comunicación, habiendo sido favorables; por lo que, con fundamento en el artículo 27 constitucional; 1o., 3o., 14 y 15 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; y 1o., 13, 14, 15, 17 y demás del Reglamento de Telecomunicaciones, en cumplimiento con el Acuerdo dictado por el ciudadano titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se ordena la publicación de la solicitud de referencia, la cual tendrá las características que se consignan en el texto mismo de esta publicación.

El servicio público de señales de televisión restringida, de acuerdo con el artículo 110 del Reglamento de Telecomunicaciones, queda considerado como una red pública de radiocomunicación fija en la cual se puede prestar, entre otros servicios, el de televisión restringida.

1.- Nombre o razón social: José Antonio Ibarra Fariña.

2.- Población a servir: Culiacán, Sin.

3.- Ubicación del centro emisor: En un punto dentro de la ciudad a servir, cuyas coordenadas geográficas son:

L.N. 24º 49'56"

L.W. 107º 24'17"

4.- Características del sistema: El sistema estará diseñado para distribuir señales de audio y video en Culiacán, Sin., a receptores ubicados en los domicilios particulares de los suscriptores; y su funcionamiento cumplirá con las normas establecidas por esta Secretaría.

5.- Horario de operación: Las 24 horas del día.

6.- Canales asignados: C-1 (2548-2554 MHz)

C-2 (2560-2566 MHz)

C-3 (2572-2578 MHz)

C-4 (2584-2590 MHz)

D-1 (2554-2560 MHz)

D-2 (2566-2572 MHz)

D-3 (2578-2584 MHz)

D-4 (2590-2596 MHz)

7.- Ancho de banda: 6 MHz.

8.- Potencia radiada aparente: 181 watts.

9.- Tipo de emisión: 5M75C3F video.

250KF3EJ audio.

10.- Tolerancia de refencia de salida: Portadora de video +- 1 Khz., portadora de audio +- 1 Khz., relativo a la portadora de video.

La frecuencia central del equipo transmisor de audio deberá mantenerse 4.5 MHz., sobre la frecuencia portadora de video.

11.- Antena de transmisión: Omnidireccional.

12.- Antena de recepción: Direccional de alta ganancia.

13.- Polarización: Horizontal.

14.- Altura del centro radiador sobre el nivel del piso: 240.00 mts.

15.- Radio de acción: 25 Kms.

16.- Tipo de servicio: Red pública de radiocomunicación fija para prestar un servicio público de televisión restringida.



Última modificación: 15/06/2017 (15:00 Horas) Elaborado por Departamento de Jurídico