Administración Portuaria Integral de Topolobampo

Anexos 2a. parte


Se notifica lo anterior a todas las personas que pudieran sentirse afectadas en sus intereses con dicha solicitud, a fin de que expongan sus observaciones dentro de un plazo de diez días, contados a partir de esta segunda notificación, ante la Dirección General de Normas de Sistemas de Difusión, sita en avenida Eugenia número 197, 1er. piso, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03600, México, D.F.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dado en México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.- El Director General, Jorge L. Gurría Hernández.- Rúbrica.

(R.- 7996)

11-23-94 SEGUNDA notificación a la solicitud de concesión para instalar, operar y explotar el servicio público de televisión restringida en Oaxaca, Oax.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

SEGUNDA NOTIFICACION

El ciudadano Gustavo Adolfo Páez y Véjar, quien señaló domicilio para oír y recibir notificaciones en Monte Pirineos número 770, colonia Lomas de Chapultepec, 11000, México, D.F., solicitó a esta Secretaría, con fecha 30 de junio de 1992, una concesión para instalar, operar y explotar el servicio público de televisión restringida en Oaxaca, Oax., por lo que se procedió a practicar los estudios señalados en la Ley de Vías Generales de Comunicación, habiendo sido favorables; por lo que, con fundamento en el artículo 27 constitucional; 1o., 3o., 14 y 15 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; y 1o., 13, 14, 15, 17 y demás del Reglamento de Telecomunicaciones, en cumplimiento con el Acuerdo dictado por el ciudadano titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se ordena la publicación de la solicitud de referencia, la cual tendrá las características que se consignan en el texto mismo de esta publicación.

El servicio público de señales de televisión restringida, de acuerdo con el artículo 110 del Reglamento de Telecomunicaciones, queda considerado como una red pública de radiocomunicación fija en la cual se puede prestar entre otros servicios el de televisión restringida.

1.- Nombre o razón social: Gustavo Adolfo Páez y Véjar.

2.- Población a servir: Oaxaca, Oax.

3.- Ubicación del centro emisor: En un punto dentro de la ciudad a servir, cuyas coordenadas geográficas son:

L.N. 17° 03'29"

L.W. 96° 44'47"

4.- Características del sistema: El sistema estará diseñado para distribuir señales de audio y video en Oaxaca, Oax., a receptores ubicados en los domicilios particulares de los suscriptores; y su funcionamiento cumplirá con las normas establecidas por esta Secretaría.

5.- Horario de operación: Las 24 horas del día.

6.- Canales asignados: C-1 (2548-2554 MHz)

C-2 (2560-2566 MHz)

C-3 (2572-2578 MHz)

C-4 (2584-2590 MHz)

D-1 (2554-2560 MHz)

D-2 (2566-2572 MHz)

D-3 (2578-2584 MHz)

D-4 (2590-2596 MHz)

7.- Ancho de banda: 6 MHz.

8.- Potencia radiada aparente: 260.61 watts.

9.- Tipo de emisión: 5M75C3F video.

250KF3EJ audio.

10.- Tolerancia de refencia de salida: Portadora de video +- 1 Khz., portadora de audio +- 1 Khz., relativa a la portadora de video. La frecuencia central del equipo transmisor de audio deberá mantenerse 4.5 MHz., sobre la frecuencia portadora de video.

11.- Antena de transmisión: Omnidireccional.

12.- Antena de recepción: Direccional de alta ganancia.

13.- Polarización: Horizontal.

14.- Altura del centro radiador sobre el nivel del piso: 1,881.70 mts.

15.- Radio de acción: 30.48 Kms.

16.- Tipo de servicio: Red pública de radiocomunicación fija para prestar un servicio público de televisión restringida.

Se notifica lo anterior a todas las personas que pudieran sentirse afectadas en sus intereses con dicha solicitud, a fin de que expongan sus observaciones dentro de un plazo de diez días, contado a partir de esta segunda notificación, ante la Dirección General de Normas de Sistemas de Difusión, sita en avenida Eugenia número 197, 1er. piso, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03600, México, D.F.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dado en México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.- El Director General, Jorge L. Gurría Hernández.- Rúbrica.

(R.- 7994)

11-23-94 SEGUNDA notificación a la solicitud de concesión para instalar, operar y explotar un sistema de televisión por cable en la ciudad de Tuxpan, Jal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

SEGUNDA NOTIFICACION

El ciudadano José Guadalupe Zuno Cuéllar, quien señaló como domicilio para oír y recibir notificaciones la avenida Lázaro Cárdenas número 11, colonia Ciuhapilli, código postal 49800, Tuxpan, Jal., solicitó de esta Secretaría, con fecha 18 de agosto de 1992, una concesión para instalar, operar y explotar un sistema de televisión por cable en la ciudad de Tuxpan, Jal., por lo que se procedió a practicar los estudios señalados en la Ley de Vías Generales de Comunicación y el Reglamento del Servicio de Televisión por Cable, habiendo sido favorables. En tal razón, con fundamento en el artículo 27 constitucional; 1o., 3o., 12, 14 y 15 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1o., 3o., 14 y 16 del Reglamento del Servicio de Televisión por Cable, y en cumplimiento al Acuerdo dictado por el ciudadano titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, se ordena la publicación de la solicitud de referencia, la cual tendrá las características que se consignan en el texto mismo de esta publicación.

1.- Nombre o razón social: José Guadalupe Zuno Cuéllar.

2.- Población a servir: Tuxpan, Jal.

3.- Ubicación del centro de recepción: En un punto dentro de la población a servir, cuyas coordenadas geográficas son:

LN 20º 02'54"

LW 103º 31'46"

4.- Características del sistema: El sistema estará diseñado para distribuir señales de televisión, audio y video asociado; y su funcionamiento cumplirá con las normas establecidas por esta Secretaría.

5.- Horario de operación: Las 24 horas del día.

Se notifica lo anterior a todas las personas que pudieran sentirse afectadas en sus intereses con dicha solicitud, a fin de que expongan sus observaciones dentro de un plazo de diez días, contado a partir de esta segunda notificación, ante la Dirección General de Normas de Sistemas de Difusión, sita en avenida Eugenia número 197, 1er. piso, colonia Vértiz Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03600, México, D.F.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.- El Director General, Jorge Luis Gurría Hernández.- Rúbrica.

(R.- 8195)

11-23-94 ACLARACION a la Primera notificación a la solicitud de concesión de la Empresa Cablevisión, S.A. de C.V., para construir, establecer y explotar una red pública de radiocomunicación fija para prestar el servicio al público de televisión restringida en el Distrito Federal y su Zona Metropolitana, publicada el 26 de septiembre de 1994,

En la página 65, Primera Sección, Acuerdo Segundo, puntos numeros 3 y 6,

Dice:

3.- UBICACION DEL CENTRO EMISOR: En un punto comprendido dentro de la zona metropolitana del Distrito Federal, con una altura promedio de 730 m, máxima.

Debe decir:

3.- UBICACION DEL CENTRO EMISOR En un punto comprendido dentro del Distrito Federal, con una altura promedio de 730 m, máxima.

Dice:

6.- CANALES ASIGNADOS 46 (662-668 MHz.) y 52 (698-704 MHz.).

Debe decir:

6.- CANALES ASIGNADOS 46 (662-668 MHz.) yCON UNA SEÑAL CADA UNO 52 (698-704 MHz.).

(R.- 8478)

11-23-94 ACLARACION a la Segunda notificación a la solicitud de concesión de la Empresa Cablevisión, S.A. de C.V., para construir, establecer y explotar una red pública de radiocomunicación fija para prestar el servicio al público de televisión restringida en el Distrito Federal y su Zona Metropolitana, publicada el 3 de octubre de 1994,

En la página 32, Acuerdo Segundo, puntos números 3 y 6,

Dice:

3.- UBICACION DEL CENTRO EMISOR: En un punto comprendido dentro de la zona metropolitana del Distrito Federal, con una altura promedio de 730 m, máxima.

Debe decir:

3.- UBICACION DEL CENTRO EMISOR En un punto comprendido dentro del Distrito Federal, con una altura promedio de 730 m, máxima.

Dice:

6.- CANALES ASIGNADOS 46 (662-668 MHz.) y52 (698-704 MHz.).

Debe decir:

6.- CANALES ASIGNADOS 46 (662-668 MHz.) y CON UNA SEÑAL CADA UNO 52 (698-704 MHz.).

(R.- 8479)

11-23-94 FE de erratas al Oficio-Circular relativo a los descuentos para maestros y estudiantes que viajen en el periodo vacacional para el ciclo escolar 1994-1995, publicado el 14 de noviembre de 1994

I.- En el onceavo renglón de la página 78 (segunda sección), dice:

por Acuerdo del Ejecutivo Federal y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 5o., 12o. y

Debe decir:

por Acuerdo del Ejecutivo Federal y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o., 50, 51, 55 fracción III, 58 fracción II, 59 y demás relativos de la Ley de Vías Generales de Comunicación; así como los artículos 1o., 5o., 12o. y ...

II.- En el catorceavo renglón de la página 78 (segunda sección), dice:

PRIMERO.- La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en su artículo 12, faculta a esta

Debe decir:

PRIMERO.- La Ley de Vías Generales de Comunicación en sus artículos 58 fracción II y 59, prevé descuentos para maestros y estudiantes que viajen en periodo de vacaciones y la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en su artículo 12 faculta a esta ...



Última modificación: 15/06/2017 (15:00 Horas) Elaborado por Departamento de Jurídico